jueves, 14 de mayo de 2009

Errores al usar verbos reflexivos compuestos

Hace algunos meses salió una película mexicana que se tituló “Volverte a ver”. Dejando a un lado el hecho de que no se me antojó nada después de ver los avances, me parece que su título es un ejemplo claro de un error clásico cuando usamos verbos reflexivos.

Como sabemos, un verbo reflexivo es aquel que incluye un pronombre personal átono como sufijo (peinarte, ayudarme, cómelo) que indica el sujeto receptor de la acción. El problema de la frase “volverte a ver” es que el sufijo está en el verbo volver, lo cual cambia completamente el sentido de la frase.

En pocas palabras, no es lo mismo “volverte a ver”, que “volver a verte”:

  • La frase “volver a verte” indica que se está repitiendo la acción de ver a alguien (en este caso, la 2a persona del singular). Ayer te vi, hoy quiero volver a verte.
  • La frase “volverte a ver” indica que te estás dando la vuelta para ver y no se especifica qué es lo que se mira. Por ejemplo, “Cuando huyas de Medusa, volverte a ver su rostro te convertirá en piedra”.

La película en cuestión narra la historia de un mujeriego que se enamora a primera vista de una lindura, y realiza un gran viaje para buscarla. Dicho sujeto quiere volver a verla, y dado que la chica no está a sus espaldas, dudo mucho que requiera volverse a ver al motivo de sus desvelos. Por consiguiente, el título es erróneo. Claro, repito que no he visto el churrazo ese, así que si hay por ahí algún valiente que se la haya chutado, por favor ayúdeme a aclarar el punto.

Referencias: Diccionario Panhispánico de Dudas, RAE.

P.D. Este es un pequeño homenaje a Manuel Gutiérrez Oropeza(feliz cumpleaños, papaíto), y a la columna de Las malas lenguas, que escribió por varios años.

miércoles, 13 de mayo de 2009

Spotify, una audioteca virtual, amplia y legal

Poco a poco (yo diría que demasiado lentamente) la industria de las disqueras ha ido permitiendo algunos modelos de negocios en Internet que ofrezcan a los cibernautas algunas opciones para escuchar música legalmente.

Hasta hace poco, todas las opciones giraban alrededor de la idea de “radio por Internet”, lo cual significa que los usuarios tenían opciones limitadas para elegir la canción a escuchar, y casi siempre era el sitio web quien tenía el control sobre las canciones disponibles para reproducir. Cuando mucho, un usuario podía seleccionar géneros, o hasta grupos musicales, para limitar el espectro de opciones, pero sin poder elegir canciones específicas. Quizás las ofertas más interesantes dentro de este rubro son Pandora.com y Last.fm.

Todo parece indicar que esto cambiará muy rápido en todo el mundo. Hace poco salió Spotify, una nueva propuesta musical en algunos países europeos (hasta hoy solamente Suecia, Francia, Reino Unido, Noruega, Finlandia, Holanda y España). La idea de Spotify es ofrecer a sus usuarios un programita (parecido a iTunes, aunque más simple) donde puedan buscar artistas, álbumes, o canciones, y escucharlos en su totalidad. Aunque no permite descargar los archivos de música, la gran ventaja de este software es que, a diferencia de otros, permite que el usuario elija y escuche cualquier canción de toda la gama de artistas incluidos en su base de datos, usando la transmisión de datos conocida como streaming.

Otra característica interesante es que permite crear listas de canciones personales o colaborativas. Esto quiere decir que una lista de canciones puede ser editada por varias personas. Esto podría hacer que las recomendaciones musicales se vean enriquecidas por la comunidad virtual.

El único problema es, como ya dije antes, que no funciona para todos los países. Afortunadamente hay algunas maneras de darle la vuelta a esta restricción, así que si pueden, se los recomiendo ampliamente. Si necesitan alguna asesoría, no duden en contactarme.